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| Real Decreto por el quese declaran las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas, calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la L 43/1995 de 27 dic., del Impuesto sobre Sociedades. | Indice de esta Ley |
| RD 387/1998 |
| Indice |
| De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley
43/1995, de 27 de diciembre , del Impuesto sobre Sociedades, las entidades
que realicen los aprovechamientos de una o varias materias primas minerales declaradas
prioritarias podrán optar, en la actividad referente a estos recursos, a que el factor de
agotamiento sea de hasta el 15 por 100 del valor de los minerales vendidos, con
siderándose también como tales los consumidos por las mismas empresas para su posterior
tratamiento o transformación. Las actividades declaradas prioritarias en relación con
las materias primas minerales prioritarias se podrán acoger a los beneficios recogidos en
la Ley para las mismas. Mediante el Real Decreto 1102/1977, de 28 de marzo, se efectuó la primera declaración, como prioritarias, de materias primas y actividades con ellas relacionadas, siendo posteriormente actualizada por diversos Reales Decretos, el último de los cuales, el Real Decreto 1719/1996, de 12 de julio , finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 1997. En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de marzo de 1998, DISPONGO: Artículo 1. Se declaran, desde el 1 de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 1999, como prioritarias las materias primas minerales que se incluyen en el anexo de este Real Decreto. Artículo 2. Se declaran, desde el 1 de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 1999, actividades prioritarias las de exploración, investigación, explotación, aprovechamiento, tratamiento y beneficio asociadas a las materias primas minerales referidas en el artículo 1. Dado en Madrid a 13 de marzo de 1998. JUAN CARLOS R. El Ministro de Industria y Energía, JOSEP PIQUE I CAMPS ANEXO Materias primas minerales Barita. Caolín. Carbones. Celestina. Cinc. Cobre. Cuarzo. Diatomitas y Trípoli. Estaño. Feldespatos. Fluorita. Fosfatos. Glauberita y Thenardita. Hierro. Magnesita. Magnesio. Materiales arcillosos especiales*. Mercurio. Metales preciosos. Níquel. Piritas. Plomo. Potasas. Recursos geotérmicos. Rocas ornamentales. Talco. Uranio. Wolframio. * Attapulgita, Caolinita, Montmorillonita (Bentonita), Sepiolita y Vermiculita. ** Arenisca, Caliza, Cuarcita, Diabasa, Dolomía, Gabro, Granito, Mármol, Pizarra y Serpentina. |
(Nota: Texto informativo no oficial )
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